A continuación se presenta el contenido del aviso oficial del Banco Central de Venezuela del martes 18 de febrero de 2020, referente a las tasas de interés aplicables a las operaciones con tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, publicado en la Gaceta Oficial 41.824 publicada el 14 de febrero de 2020.
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
AVISO OFICIAL
El Banco Central de Venezuela, en atención a lo previsto en el artículo 45 de la Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico, así como a lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución Nº 08 -12-01 de fecha 04 de diciembre de 2008, informa lo siguiente
A partir del quinto (5°) día hábil siguiente a la publicación del presente aviso oficial en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el Emisor y/o el Banco Adquirente podrán cobrar al Negocio Afiliado con ocasión de la prestación del servicio de autorización y/o procesamiento de pagos realizados con tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, a través de los terminales de punto de venta, una Tasa de Descuento o Comisión del Comercio, hasta los límites máximos que se mencionan a continuación:
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