Gabriel Gallo, coordinador
regional de Voluntad Popular, abogado e iInternacionalista, señaló que si bien
es cierto que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha reconocido que la
reciente sentencia es inconstitucional, aún se desconoce su postura ante las
transferencias otorgadas al Presidente de la República.
“Con tales poderes entregó a
una empresa canadiense el 40% de las riquezas mineras del país a cambio de
préstamos de millones de dólares para financiar el proyecto político”, dijo.
En el caso de las decisiones
tomadas por el TSJ en las sentencias 155 y 156, según Gallo, la Asamblea
Nacional tiene los argumentos que en flagrancia por ser público y notorios
permitan iniciar la destitución de los magistrados que han incurrido en este
delito que atenta contra los intereses de la República.
Por su parte, las FANB deben
actuar para restituir junto al pueblo de Venezuela la Constitución, “el
gobierno debe adecuarse a ella, acatar las recomendaciones de los organismos
internacionales para construir una ruta que nos permita salir de esta
crisis, recuperar el orden
constitucional, convocar a elecciones y liberar a los presos políticos, esto
como primer paso para convocar al país aún proceso de relegitimación y
conciliación nacional”, expresó.
La posibilidad de que la AN
pueda iniciar el proceso de destitución está establecida en el artículo 265 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el 65 de la Ley
Orgánica del TSJ.
“Esto debe hacerse previa
calificación; considerando la Flagrancia en la que actuaron los Magistrados,
reconocida por el clamor popular la AN podrá hacer procedente su
destitución, claro está, que ya habían
sido estos desconocidos por la AN por no contar con los requisitos de ley para
ostentar tales funciones”, finalizó Gallo.
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