La Alcaldía del municipio San Felipe a
través de la Dirección de Registro Civil, fortalece y facilita el Proceso para la Declaración de
Defunción, trámite para lo que solo se requiere el Certificado de Defunción
y copia de la cédula de identidad del fallecido(a).
Así lo informa la registradora civil
del municipio San Felipe, Rodzabeth Montes, quien dijo que esta es una muestra
más de la eficacia y pleno valor probatorio que se le está confiriendo a todas las
declaraciones contenidas en sus archivos.
Refirió que el Consejo Nacional
Electoral (CNE), a través de la Oficina Nacional de Registro Civil (ONRC) emite bajo la Resolución Nro. 161219-274, cambios en el proceso de declaración de
defunciones al dejar sin efecto la exigencia de la presentación de actas de
matrimonio y/o de unión estable de hecho además de las actas de nacimiento
vinculadas a las personas fallecidas. Dicha Resolución indica que la Ley Orgánica de Registro Civil
(LORG) especifica que el “Certificado de Defunción EV-14” es el instrumento
indispensable sine qua non para la
declaración de la defunción, por parte de las personas obligadas a declarar el fallecimiento.
En este sentido, al tramitar la
declaración de defunción ante las oficinas de Registro Civil del Municipio San Felipe, los familiares o declarantes sólo deben
presentar de manera obligatoria la cédula de identidad del fallecido(a) y el Certificado
de Defunción EV-14 como únicos requisitos para obtener el Acta de Defunción. Agregó que dada la
aprobación de esta resolución en Gaceta Oficial se exhorta a los órganos, entes
e instituciones de la administración pública o privada, a valorar las actas de
defunción única y exclusivamente como documentos demostrativos del
fallecimiento de una persona.
Montes resaltó que de esta manera se
está cumpliendo una vez más con los principios de simplificación administrativa
para la eficacia, celeridad y accesibilidad al servicio.
No hay comentarios:
Publicar un comentario